Desde los límites legales a los éticos en la comunicación de productos existe, en determinados sectores o productos, un espacio por cubrir que en unos sectores queda más evidenciado que en otros. Este es el caso de la comunicación para productos de alimentación o uso infantil.
En relación a los límites legales relacionados con el control de la publicidad de alimentos para menores existe a nivel mundial una clara preocupación, y fruto de ello se ha desarrollado en los últimos años, tanto a nivel nacional como internacional, un esfuerzo evidente.
Una prueba es que la Organización Mundial de la Salud presentó en el año 2004, medidas que diversos países firmaron a modo de acuerdos en el marco de la denominada “Estrategia NAOS” (Estrategia para la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad).
Comunicación desde la ética
Siendo consciente de los pasos que se van dando en la protección de los diferentes públicos objetivos que rodean los productos destinados a la infancia, vemos como esa adaptación legal se difumina cuando analizamos la comunicación desde una visión ética, surge un interrogante en relación a los límites éticos desde los argumentos de venta esgrimidos, tanto objetivos como subjetivos, en la comunicación dirigida a los padres y madres que los compran para sus hijos.
Un claro ejemplo lo vemos en la comunicación para el producto Pediasure en este anuncio emitido en Colombia en el año 2011,
[youtube id=»yul-wbPsJ30″ width=»620″ height=»360″]Vemos en el anuncio a través del texto e imágenes cómo podemos llegar fácilmente a suponer que existe una relación directa entre el crecimiento del niño y la toma de este producto. Pero, ¿es real, objetiva y demostrada científicamente esa relación? Y en caso de no serlo, ¿estaríamos sobrepasando un límite ético en la comunicación del producto ante un problema tan delicado como el crecimiento y la buena formación de un hijo?
En mi opinión esta identificación consecuencial tácita entre producto y crecimiento genera una confusión en la mente del comprador, los padres, que buscan una solución al poco apetito de su hijo y por tanto esta confusión rebasaría los límites éticos de venta.
Hemos analizado en los párrafos anteriores la comunicación en un canal masivo de compra como es la televisión en un spot de corta duración donde los argumentos de venta o las llamadas de venta son más difícilmente explicables y por tanto más impulsivos.
Sin embargo, en la página web vinculada a este producto vemos como aparecen otras opciones como consejos para la alimentación sana, etc., lo cual objetiviza el producto y lo contextualiza como aporte complementario.
Por tanto, los límites éticos de la venta no se rebasarían en este canal donde el potencial cliente dedicaría un tiempo mayor a buscar información en el producto y sí los rebasaría en el spot televisivo mucho más impulsivo desde la venta.
Que sea un canal con una emisión corta en durabilidad no debe ser nunca argumento para rebasar los límites éticos en la venta de un producto y hacemos una recomendación a trabajar más dentro de los límites no solo legales sino éticos desarrollando una línea comunicacional homogénea en todos los canales utilizados por las compañías para la venta de sus canales cuidando que todos confluyan dentro de los márgenes éticos.